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El documento del Segundo Congreso Continental, que sirvió como constitución del gobierno federal de Estados Unidos de 1781 a 1789 (traducción al español por Freedom Circle)
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    estos Presentes llegasen, nosotros, los abajo firmantes, Delegados de los Estados adjuntos a nuestros Nombres, los saludamos. Considerando que los Delegados de los Estados Unidos de América en Congreso reunidos el día quince de Noviembre del Año de nuestro Señor Mil Setecientos Setenta y siete, y en el Segundo Año de la Independencia de América, están de acuerdo con ciertos artículos de Confederación y Unión perpetua entre los Estados de Nuevo hampshire, bahía de Massachusetts, Rhode island y Plantaciones de Providence, Connecticut, Nueva York, Nueva Jersey, Pensilvania, Delaware, Maryland, Virginia, Carolina del Norte, Carolina del Sur y Georgia en las Palabras siguientes, a saber. "Artículos de Confederación y Unión perpetua entre los Estados de Nuevo Hampshire, bahía de Massachusetts, Rhode Island y Plantaciones de Providence, Connecticut, Nueva York, Nueva Jersey, Pensilvania, Delaware, Maryland, Virginia, Carolina del Norte, Carolina del Sur y Georgia.

    Artículo I. El Estilo de esta confederación será, "Los Estados Unidos de América."

    Artículo II. Cada estado retiene su soberanía, libertad e independencia, y todo Poder, Jurisdicción y derecho, que no sea por esta confederación expresamente delegado a los Estados Unidos, en Congreso reunidos.

    Artículo III. Por la presente, dichos estados entran individualmente en una firme liga de amistad entre sí, para su defensa común, la seguridad de sus Libertades y su bienestar mutuo y general, comprometiéndose a ayudarse mutuamente, contra toda fuerza que los amenace, o ataques que se les hagan, o a cualquiera de ellos, por motivos de religión, soberanía, comercio, o cualquier otro pretexto.

    Artículo IV. Para asegurar y perpetuar mejor la amistad mutua y las relaciones entre la gente de los diferentes estados de esta unión, los habitantes libres de cada uno de estos estados, excepto los indigentes, vagabundos y fugitivos de la Justicia, tendrán derecho a todos los privilegios e inmunidades de los ciudadanos libres en los diversos estados; y la gente de cada estado tendrá libre entrada y regreso hacia y desde cualquier otro estado, y gozarán allí de todos los privilegios de intercambio y comercio, sujetos a los mismos aranceles, imposiciones y restricciones que los habitantes de los mismos respectivamente, siempre que tal restricción no se extienda hasta el punto de impedir el traslado de bienes importados a algún estado, a cualquier otro estado del cual el Dueño sea un habitante; siempre también que ninguna imposición, aranceles o restricción sean aplicados por cualquier estado sobre la propiedad de los Estados Unidos, o de cualquiera de ellos.

    Si cualquier Persona culpable, o acusada de, traición, delito grave u otro alto delito menor en cualquier estado, huyera de la justicia y fuera encontrada en cualquiera de los estados unidos, a pedido del Gobernador o poder ejecutivo, del Estado del cual huyó, será entregada y trasladada al estado que tenga jurisdicción sobre su delito.

    Se dará plena fe y crédito en cada uno de estos estados a los registros, actos y procedimientos judiciales de los tribunales y magistrados de cualquier otro estado.

    Artículo V. Para la más conveniente administración de los intereses generales de los estados unidos, se designarán anualmente delegados en la forma que disponga la legislatura de cada estado, para reunirse en Congreso el primer lunes de Noviembre, de cada año, con poder reservado a cada estado para retirar a sus delegados, o a cualquiera de ellos, en cualquier momento durante el año, y enviar a otros en su lugar, por el resto del Año.

    Ningún Estado será representado en el Congreso por menos de dos, ni por más de siete Miembros; y ninguna persona podrá ser delegado por más de tres años en cualquier período de seis años; ni ninguna persona, siendo delegado, podrá desempeñar cargo alguno bajo los estados unidos, por el cual él, u otro para su beneficio reciba salario, honorarios o emolumento de cualquier tipo.

    Cada Estado mantendrá sus propios delegados en una reunión de los estados, y mientras actúen como miembros del comité de los estados.

    Para determinar cuestiones en los estados unidos, en Congreso reunidos, cada estado tendrá un voto.

    La libertad de expresión y debate en el Congreso no podrá ser impugnada ni cuestionada en ningún Tribunal, o lugar fuera del Congreso, y los miembros del Congreso estarán protegidos en sus personas contra arrestos y encarcelamientos, durante el tiempo de su ida y vuelta, y de su asistencia al Congreso, excepto por traición, delito grave, o perturbación del orden público.

    Artículo VI. Ningún Estado, sin el Consentimiento de los estados unidos en congreso reunidos, enviará ninguna embajada a, ni recibirá ninguna embajada de, ni celebrará ninguna conferencia, acuerdo, alianza o tratado con ningún Rey, príncipe o estado; ni ninguna persona que ocupe un cargo de lucro o confianza bajo los Estados Unidos, o cualquiera de ellos, aceptará ningún regalo, emolumento, cargo o título de ningún rey, príncipe, o estado extranjero; ni los estados unidos en congreso reunidos, o cualquiera de ellos, concederán ningún título de nobleza.

    Dos o más estados no celebrarán ningún tratado, confederación o cualquier tipo de alianza entre ellos, sin el consentimiento de los estados unidos, en congreso reunidos, especificando con exactitud los propósitos para los cuales se celebrará y por cuánto tiempo continuará.

    Ningún estado impondrá gravámenes o aranceles, que puedan interferir con cualquier estipulación de los tratados, celebrados por los Estados unidos en congreso reunidos, con cualquier rey, príncipe o estado, en cumplimiento de cualquier tratado ya propuesto por el congreso, a las cortes de Francia y España.

    Ningún estado mantendrá buques de guerra en tiempo de paz, salvo aquel número que los estados unidos, en congreso reunidos, consideren necesario para la defensa de dicho estado, o de su comercio; ningún estado mantendrá un cuerpo de fuerzas en tiempo de paz, salvo aquel número que, a juicio de los estados unidos en congreso reunidos, se considere requerido para guarnecer los fuertes necesarios para la defensa de dicho estado; pero cada estado mantendrá siempre una milicia bien regulada y disciplinada, suficientemente armada y equipada, y deberá proporcionar y tener constantemente listo para su uso, en almacenes públicos, un número adecuado de piezas de campaña y tiendas, y una cantidad apropiada de armas, municiones y equipo de campamento.

    Ningún estado entrará en ninguna guerra sin el consentimiento de los estados unidos en congreso reunidos, a menos que dicho estado sea realmente invadido por enemigos, o haya recibido aviso cierto de una resolución que esté siendo tomada por alguna nación de Indios para invadir dicho estado, y el peligro sea tan inminente que no admita demora hasta que los estados unidos en congreso reunidos puedan ser consultados: ni ningún estado otorgará comisiones a ningún barco o buque de guerra, ni patentes de corso o represalia, a menos que sea después de una declaración de guerra por los estados unidos en congreso reunidos, y entonces sólo contra el reino o estado y sus súbditos, contra los cuales se haya declarado la guerra, y bajo las regulaciones que establezcan los estados unidos en congreso reunidos, a menos que dicho estado esté infestado por piratas, en cuyo caso los buques de guerra podrán ser equipados para esa ocasión, y conservados mientras continúe el peligro, o hasta que los estados unidos en congreso reunidos determine lo contrario.

    Artículo VII. Cuando fuerzas terrestres sean reclutadas por cualquier estado para la defensa común, todos los oficiales con el rango de coronel o menor, serán nombrados por la legislatura de cada estado respectivamente por el cual dichas fuerzas sean reclutadas, o en la manera que dicho estado disponga, y todas las vacantes serán cubiertas por el estado que primero haya hecho el nombramiento.

    Artículo VIII. Todos los gastos de guerra y todos los demás gastos que se incurran para la defensa común o el bienestar general, y que sean permitidos por los estados unidos en congreso reunidos, serán sufragados con cargo a un tesoro común, que será suministrado por los diversos estados, en proporción al valor de toda las tierras dentro de cada estado, cedidas o demarcadas a cualquier Persona, según la estimación de dichas tierras y los edificios y mejoras en ellas, de acuerdo con el modo que los estados unidos en congreso reunidos, dispongan y designen de cuando en cuando. Los impuestos para pagar esa proporción serán establecidos y recaudados por la autoridad y dirección de las legislaturas de los diversos estados dentro del plazo acordado por los estados unidos en congreso reunidos.

    Artículo IX. Los estados unidos en congreso reunidos, tendrán el único y exclusivo derecho y poder de decidir sobre la paz y la guerra, excepto en los casos mencionados en el artículo sexto ___ de enviar y recibir embajadores ___ de celebrar tratados y alianzas, a condición de que no se concierte ningún tratado de comercio mediante el cual se impida al poder legislativo de los respectivos estados imponer tales gravámenes y derechos a los extranjeros, como a los que están sujetos los de su propio pueblo, o de prohibir la exportación o importación de cualquier especie de bienes o mercancías en absoluto ___ de establecer reglas para decidir en todos los casos, qué capturas en tierra o agua serán legales, y de qué manera se dividirán o adjudicarán los trofeos tomados por fuerzas terrestres o navales al servicio de los estados unidos ___ de otorgar patentes de corso y represalia en tiempos de paz ___ designar tribunales para el juzgamiento de piraterías y delitos graves cometidos en alta mar y establecer tribunales para recibir y resolver en definitiva apelaciones en todos los casos de capturas, a condición de que ningún miembro del congreso sea nombrado juez de ninguno de dichos tribunales.

    Los estados unidos en congreso reunidos también serán el último recurso en apelación, en todas las disputas y diferencias que subsistan ahora o que puedan surgir de aquí en adelante entre dos o más estados acerca de límites, jurisdicción o cualquier otra causa; tal autoridad se ejercerá siempre de la siguiente manera. Siempre que la autoridad legislativa o ejecutiva o un agente legítimo de cualquier estado en controversia con otro presente una petición al congreso, exponiendo el asunto en cuestión y suplicando una audiencia, se dará aviso de ello por orden del congreso a la autoridad legislativa o ejecutiva del otro estado en controversia, y un día será asignado para la comparecencia de las partes por sus agentes legítimos, quienes serán entonces encargados de nombrar de común acuerdo, comisionados o jueces para constituir un tribunal para oír y determinar el asunto en cuestión: pero si no logran ponerse de acuerdo, el congreso nombrará a tres personas de cada uno de los estados unidos, y de la lista de dichas personas cada parte tachará alternativamente a una, comenzando por los peticionarios, hasta que el número se reduzca a trece; y de ese número no menos de siete, ni más de nueve nombres, según lo disponga el congreso, serán sorteados en presencia del congreso, y las personas cuyos nombres hayan sido sorteados o cinco de ellas cualesquiera, serán comisionados o jueces, para oír y resolver en definitiva la controversia, siempre y cuando la mayor parte de los jueces que oigan la causa estén de acuerdo con la resolución: y si alguna de las partes se descuidase de asistir el día señalado, sin presentar razones, que el congreso juzgue suficientes, o estando presente se negase a pactar, el congreso procederá a nombrar a tres personas de cada estado, y el secretario del congreso pactará en nombre de la parte ausente o que se niegue; y el fallo y la sentencia del tribunal, que se designe, en la forma antes prescrita, serán definitivos y concluyentes; y si cualquiera de las partes rehusare someterse a la autoridad de dicho tribunal, o comparecer o defender su demanda o causa, el tribunal procederá no obstante a dictar sentencia, o fallo, el cual será igualmente definitivo y decisivo, el fallo o sentencia y otros procedimientos se transmitirán en cualquier caso al congreso, y se archivarán entre las actas del congreso, para la seguridad de las partes interesadas: siempre y cuando todo comisionado, antes de sentarse a juzgar, preste juramento administrado por uno de los jueces de la corte suprema o superior del estado, donde se juzge la causa, de "oír plenamente y resolver el asunto en cuestión, según lo mejor de su juicio, sin favoritismo, afecto o esperanza de recompensa:" siempre y cuando ningún estado sea privado de territorio en beneficio de los estados unidos.

    Todas las controversias relativas al derecho privado sobre tierras reclamadas bajo diferentes concesiones de dos o más estados, cuyas jurisdicciones en lo que respecta a dichas tierras, y los estados que otorgaron dichas concesiones se encuentren ajustadas, y dichas concesiones o cualquiera de ellas siendo al mismo tiempo alegadas como originadas con anterioridad a dicho acuerdo de jurisdicción, deberán, a petición de cualquiera de las partes al congreso de los estados unidos, ser finalmente resueltas tan cerca como sea posible de la misma manera prescrita anteriormente para decidir disputas relativas a la jurisdicción territorial entre diferentes estados.

    Los estados unidos en congreso reunidos también tendrán el único y exclusivo derecho y poder de regular la aleación y el valor de la moneda acuñada por su propia autoridad, o por la de los respectivos estados ___ fijar el patrón de pesos y medidas en todos los estados unidos ___ regular el comercio y gestionar todos los asuntos con los Indios, que no sean miembros de ninguno de los estados, siempre que no se infrinja o viole el derecho legislativo de ningún estado dentro de sus propios límites __ establecer y regular oficinas de correos de un estado a otro, en todos los estados unidos, y exigir el franqueo de los documentos que pasen por las mismas que sea necesario para sufragar los gastos de dicha oficina ___ nombrar a todos los oficiales de las fuerzas terrestres, al servicio de los estados unidos, con excepción de los oficiales de regimiento ___ nombrar a todos los oficiales de las fuerzas navales, y comisionar a todos los oficiales al servicio de los estados unidos ___ hacer reglas para el gobierno y regulación de dichas fuerzas terrestres y navales, y dirigir sus operaciones.

    Los estados unidos en congreso reunidos tendrán autoridad para nombrar un comité, que se reunirá durante el receso del Congreso, que se denominará "Un Comité de los Estados" y que consistirá en un delegado de cada estado; y para nombrar otros comités y funcionarios civiles que puedan ser necesarios para la gestión de los asuntos generales de los estados unidos bajo su dirección ___ para designar a uno de ellos para presidir, siempre que no se permita a ninguna persona servir en el cargo de presidente más de un año en cualquier período de tres años; para determinar las sumas de dinero necesarias que deben recaudarse para el servicio de los estados unidos, y para apropiar y aplicar las mismas para sufragar los gastos públicos ___ para tomar dinero prestado o emitir letras a crédito de los estados unidos, transmitiendo cada semestre a los respectivos estados una cuenta de las sumas de dinero así tomadas o emitidas, ___ para construir y equipar una armada ___ para acordar el número de fuerzas terrestres y para hacer requicisiones a cada estado por su cuota, en proporción al número de habitantes blancos de dicho estado; dicha requisición será vinculante, y acto seguido la legislatura de cada estado nombrará a los oficiales del regimiento, reclutará a los hombres y los vestirá, armará y equipará, como soldados, a expensas de los estados unidos, y los oficiales y hombres así vestidos, armados y equipados marcharán al lugar designado, y dentro del plazo acordado por los estados unidos en congreso reunidos. Pero si los estados unidos en congreso reunidos, considerando las circunstancias, juzgan apropiado que cualquier estado no reclute hombres, o que reclute un número menor que el de su cuota, y que cualquier otro estado reclute un número mayor de hombres que el de su cuota, dicho número adicional será reclutado, oficializado, vestido, armado y equipado de la misma manera que la cuota de dicho estado, a menos que la legislatura de dicho estado juzgue que dicho número adicional no puede ser dispensado de manera segura del mismo, en cuyo caso deberá reclutar, oficializar, vestir, armar y equipar a tantos de dicho número adicional como juzgue que puede ser dispensado de manera segura. Y los oficiales y hombres así vestidos, armados y equipados, marcharán al lugar designado, y dentro del plazo acordado por los estados unidos en congreso reunidos.

    Los estados unidos en congreso reunidos nunca emprenderán una guerra, ni otorgarán patentes de corso y represalias en tiempo de paz, ni celebrarán tratados o alianzas, ni acuñarán moneda, ni regularán su valor, ni determinarán las sumas y gastos necesarios para la defensa y el bienestar de los estados unidos, o de cualquiera de ellos, ni emitirán billetes, ni tomarán dinero prestado a crédito de los estados unidos, ni se apropiarán de dinero, ni acordarán el número de buques de guerra que se han de construir o comprar, ni el número de fuerzas terrestres o marítimas que se han de reclutar, ni nombrarán comandante en jefe del ejército o de la armada, a menos que nueve estados den su asentimiento; ni se decidirá ninguna cuestión sobre ningún otro punto, excepto el aplazamiento de un día para otro, a menos que sea por los votos de la mayoría de los estados unidos en congreso reunidos.

    El congreso de los estados unidos tendrá el poder de aplazar sus sesiones a cualquier momento del año y a cualquier lugar dentro de los estados unidos, de modo que ningún período de aplazamiento sea por una duración mayor a seis Meses, y publicará mensualmente el Diario de sus actividades, con excepción de las partes del mismo relacionadas con tratados, alianzas u operaciones militares, que a su juicio requieran carácter secreto; y los votos a favor y en contra de los delegados de cada estado sobre cualquier cuestión, serán anotados en el Diario, cuando así lo desee cualquier delegado; y los delegados de un estado, o cualquiera de ellos, a su solicitud recibirán una transcripción de dicho Diario, con excepción las partes exceptuadas anteriormente, para presentarla a las legislaturas de los diversos estados.

    Artículo X. El comité de los estados, o cualesquiera nueve de ellos, estará autorizado para ejercer, durante el receso del congreso, aquellos poderes del congreso que los estados unidos en congreso reunidos, con el consentimiento de nueve estados, consideren de vez en cuando conveniente conferirles; siempre que no se delegue a dicho comité ningún poder, para cuyo ejercicio, según los artículos de confederación, se requiera la voz de nueve estados en el congreso de los estados unidos reunidos.

    Artículo XI. Si Canadá adheriere a esta confederación y se uniere a las medidas de los estados unidos, será admitido y tendrá derecho a todas las ventajas de esta unión; pero ninguna otra colonia será admitida en la misma, a menos que dicha admisión sea acordada por nueve estados.

    Artículo XII. Todas las letras de crédito emitidas, dinero prestado y deudas contraídas por, o bajo la autoridad del congreso, antes de la reunión de los estados unidos, en cumplimiento de la presente confederación, se considerarán como un cargo contra los estados unidos, para cuyo pago y satisfacción los dichos estados unidos y la fe pública se comprometen solemnemente por la presente.

    Artículo XIII. Cada estado se atendrá a las determinaciones de los estados unidos en congreso reunidos, en todas las cuestiones que por esta confederación le sean sometidas. Y los Artículos de esta confederación serán observados inviolablemente por todos los estados, y la unión será perpetua; ni se hará en lo sucesivo ninguna alteración en ninguno de ellos; a menos que tal alteración sea acordada en un congreso de los estados unidos, y confirmada después por las legislaturas de cada estado.

    Y Considerando que le ha placido al Gran Gobernador del Mundo inclinar los corazones de las legislaturas que respectivamente representamos en el congreso, para aprobar y autorizarnos a ratificar dichos artículos de confederación y unión perpetua. Sabed que nosotros, los delegados abajo firmantes, en virtud del poder y la autoridad que se nos ha otorgado para tal fin, por los presentes, en nombre y representación de nuestros respectivos electores, ratificamos y confirmamos plena e íntegramente todos y cada uno de dichos artículos de confederación y unión perpetua, y todos y cada uno de los asuntos y cosas contenidos en los mismos. Y además solemnemente prometemos y comprometemos la fe de nuestros respectivos constituyentes, de que acatarán las determinaciones de los estados unidos en congreso reunidos, en todas las cuestiones que les sean sometidas por dicha confederación. Y que los artículos de la misma serán observados inviolablemente por los estados que representamos respectivamente, y que la unión será perpetua. En Testimonio de lo cual hemos suscrito el presente en el Congreso. Dado en Filadelfia, en el estado de Pensilvania, el noveno Día de Julio del año de Nuestro Señor Mil setecientos Setenta y ocho, y en el tercer año de la independencia de América.

    Por parte y en nombre del Estado de Delaware
    Tho McKean
    John Dickinson
    Nicholas Van Dyke
    Por parte y en nombre del Estado de Maryland
    John Hanson
    Daniel Carroll
    Por parte y en nombre del Estado de Virginia
    Richard Henry Lee
    John Banister
    Thomas Adams
    Jno Harvie
    Francis Lightfoot Lee
    Por parte y en nombre del Estado de Carolina del N.
    John Penn
    Cornl. Harnett
    Jn Williams
    Por parte y en nombre del Estado de Carolina del Sur
    Henry Laurens
    William Henry Drayton Jno Mathews
    Richd Hutson
    Tho. Heyward Junr
    Por parte y en nombre del Estado de Georgia
    Jn Walton
    Edwd Telfair
    Edwd Langworthy
    Josiah Bartlett
    John Wentworth Junr
    Por parte y en nombre del Estado de Nuevo Hampshire
    John Hancock
    Samuel Adams
    Elbridge Gerry
    Francis Dana
    James Lovell
    Samuel Holten
    Por parte y en nombre del Estado de la Bahía de Massachusetts
    William Ellery
    Henry Marchant
    John Collins
    Por parte y en nombre del Estado de Rhode Island y Plantaciones de Providence
    Roger Sherman
    Samuel Huntington
    Oliver Wolcott
    Titus Hosmer
    Andrew Adams
    Por parte y en nombre del Estado de Connecticut
    Ja. Duane
    Fra. Lewis
    Wm Duer
    Gouv Morris
    Por parte y en nombre del Estado de Nueva York
    Jn. Witherspoon
    Nathl Scudder
    Por parte y en nombre del Estado de Nueva Jersey
    Robt Morris
    Daniel Roberdeau
    Jon. Bayard Smith
    William Clingan
    Joseph Reed
    Por parte y en nombre del Estado de Pennsylvania